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Calendario ITE Madrid 2026-2027: qué edificios deben pasarla

Guía actualizada · Madrid 2026-2027

Calendario ITE Madrid 2026-2027: qué edificios deben pasarla

Descubre si tu edificio está obligado a presentar la Inspección Técnica de Edificios, cuál es el plazo, cuándo corresponde renovar una inspección anterior y en qué casos debe tramitarse un IEE en lugar de una ITE.

Arquitecto técnico revisando un edificio para la ITE en Madrid

Resumen rápido: en 2026 deben presentar su primera ITE los edificios terminados en 1995 y renovar la inspección los que tienen 2016 como año de obligación. Para 2027, la regla general apunta a los edificios terminados en 1996 y a las renovaciones cuyo año de obligación fue 2017, pero el padrón oficial de 2027 debe confirmarse cuando el Ayuntamiento lo publique.

 

Una obligación periódica

Qué es la ITE y por qué no conviene esperar a recibir una carta

La Inspección Técnica de Edificios es un control periódico del estado de conservación de los inmuebles. Su finalidad es detectar daños que puedan afectar a la seguridad, la salubridad, la accesibilidad, el ornato o el correcto funcionamiento de elementos comunes antes de que se conviertan en una urgencia.

La obligación corresponde a la propiedad. En una comunidad de propietarios, esto significa que la comunidad debe contratar a un técnico competente, permitir la inspección de las zonas necesarias y presentar el acta ante el Ayuntamiento dentro del año que corresponda.

El Ayuntamiento publica un padrón para facilitar la identificación de los inmuebles obligados, pero no recibir una notificación individual no elimina el deber de presentar la inspección. La forma más segura de comprobarlo es consultar el Registro de Edificios por dirección y revisar el año de próxima ITE o la fecha máxima del IEE.

Fechas clave

Calendario ITE Madrid 2026 y previsión 2027

El cálculo depende del año de finalización del edificio o de una rehabilitación con reestructuración general o total, y del año oficial en el que correspondió la inspección anterior.

ITE 2026

Padrón publicado

Primera inspección

Edificios cuyas obras de nueva planta o rehabilitación integral equivalente terminaron en 1995.

Renovación periódica

Edificios cuyo año de obligación anterior fue 2016. En determinados inmuebles antiguos, la obligación procede del calendario transitorio municipal y debe verificarse por dirección.

Fecha límite

31 de diciembre de 2026

ITE 2027

Previsión

Primera inspección prevista

Aplicando la regla general, corresponderá a los edificios terminados en 1996, al ser el año siguiente a aquel en que cumplen 30 años.

Renovación prevista

Edificios cuyo año de obligación anterior fue 2017, además de los supuestos que determine el padrón municipal.

Importante

A fecha de actualización de esta guía, el padrón oficial de 2027 aún no ha sido publicado. Debe confirmarse cuando el Ayuntamiento lo exponga en el último trimestre de 2026.

No calcules la renovación desde el día en que se presentó la última ITE. Las inspecciones sucesivas se cuentan cada diez años desde el año oficial de obligación, incluso si la presentación se hizo tarde o si posteriormente hubo que subsanar deficiencias.

Comprobación oficial

Cómo saber si tu edificio debe pasar la ITE

La fecha de construcción orienta, pero la consulta por dirección es la comprobación decisiva. El Registro de Edificios muestra el año de construcción utilizado a efectos de inspección, el año de primera obligación, la próxima ITE y, cuando corresponda, la fecha máxima para presentar el IEE.

Esto resulta especialmente importante en edificios anteriores a 1980, inmuebles protegidos, edificios públicos, construcciones que han sufrido una reestructuración total o fincas cuya fecha municipal no coincide con Catastro o con la documentación de la comunidad.


Consultar el Registro de Edificios

Datos que debes revisar

1. Año de construcción a efectos de inspección.
2. Año de primera obligación.
3. Año de próxima ITE.
4. Fecha máxima de presentación del IEE.
5. Resultado y situación de inspecciones anteriores.

Una diferencia importante

¿Debe presentarse una ITE o un IEE?

En algunos edificios residenciales, el Informe de Evaluación del Edificio sustituye a la ITE y añade información sobre accesibilidad y eficiencia energética.

Corresponde ITE

Cuando el inmueble está sujeto al calendario municipal de inspección y no existe una obligación de presentar IEE que la sustituya. Es habitual en edificios no residenciales y en determinados ciclos de inspección.

Corresponde IEE

En edificios residenciales de vivienda colectiva de más de 50 años, debe presentarse dentro de los cinco años siguientes a alcanzar esa antigüedad, salvo que antes corresponda renovar la ITE; en ese caso, el IEE sustituye a la ITE.

También se exige antes de solicitar ayudas públicas para conservación, accesibilidad o eficiencia energética, cualquiera que sea la antigüedad del edificio.

¿Tu comunidad quiere solicitar una subvención? Revisa primero nuestra guía de ayudas para rehabilitación de edificios en Madrid 2026, porque el IEE debe estar presentado antes de formalizar la solicitud.

Contenido de la inspección

Qué elementos revisa el técnico

La visita no se limita a observar la fachada desde la calle. El acta debe valorar los elementos esenciales del edificio y reflejar las deficiencias detectadas.

01

Estructura y cimentación

Fisuras, deformaciones, corrosión, asentamientos y daños que puedan comprometer la estabilidad.

02

Fachadas y medianeras

Revestimientos, cornisas, salientes, vuelos y elementos ornamentales que puedan desprenderse o causar daños.

03

Cubiertas y azoteas

Impermeabilización, filtraciones, encuentros, petos, canalones y estado general de conservación.

04

Fontanería y saneamiento

Redes generales del edificio, fugas, humedades, bajantes y deficiencias en las instalaciones comunes.

05

Accesibilidad existente

Estado de rampas, itinerarios, ascensores y demás elementos de accesibilidad ya instalados.

06

Información energética

El acta incluye una declaración sobre certificación energética, aunque esta información no determina que la ITE sea favorable o desfavorable.

Profesional habilitado
01
Arquitecto
02
Arquitecto técnico

La inspección debe quedar documentada y presentada correctamente ante el Ayuntamiento.

Técnico competente

Quién puede realizar la ITE

La comunidad debe contratar a un profesional colegiado y habilitado que sea competente para proyectar o dirigir las obras correspondientes al tipo de edificio.

En edificios residenciales, administrativos, sanitarios, religiosos, docentes y culturales, la inspección debe ser realizada por un arquitecto o arquitecto técnico. No basta con una revisión informal de mantenimiento ni con un presupuesto de reparación.

Servicio de ITE e IEE

Después de la visita

Qué ocurre si la ITE es favorable o desfavorable

Resultado favorable

El edificio cumple las condiciones exigidas

El acta se presenta ante el Ayuntamiento y queda registrada. La siguiente obligación llegará cuando corresponda el nuevo ciclo, salvo que antes resulte exigible un IEE u otra actuación administrativa.

Resultado desfavorable

Hay deficiencias que deben corregirse

Los servicios municipales pueden inspeccionar el inmueble y emitir una orden de ejecución con los trabajos y plazos correspondientes.

La propiedad puede solicitar, dentro del plazo general de dos meses, la licencia urbanística necesaria para subsanar las deficiencias descritas en el acta, sin perjuicio de las medidas urgentes que resulten necesarias.

Una ITE desfavorable no significa que todo el edificio deba rehabilitarse por completo. El alcance depende de los daños. Puede requerir desde reparaciones localizadas hasta una rehabilitación integral de fachada, intervención estructural, reparación de cubierta o renovación de redes comunes.

Incumplimiento

Qué pasa si no se presenta la ITE

Dejar vencer el plazo puede iniciar un procedimiento municipal y acabar elevando considerablemente el coste para la comunidad.

1

Orden de presentación inmediata con un plazo inicial de dos meses para realizar la inspección.

2

Primera multa coercitiva: 1.000 euros y un nuevo plazo de dos meses.

3

Segunda multa coercitiva: 2.000 euros y otro plazo de dos meses.

4

Tercera multa coercitiva: 3.000 euros y un último plazo de dos meses.

5

Ejecución subsidiaria: el Ayuntamiento puede impulsar la inspección a costa de la propiedad.

Organización de la comunidad

Pasos para preparar y presentar la inspección

1

Consultar la obligación exacta

Comprueba la dirección en el Registro municipal y revisa si corresponde ITE o IEE.

2

Contratar al técnico competente

Solicita una propuesta que indique el alcance de la inspección, documentación, presentación y asistencia en caso de deficiencias.

3

Preparar el acceso a las zonas necesarias

Coordina cuartos de instalaciones, cubierta, patios, sótanos y viviendas cuando sea necesario comprobar una lesión concreta.

4

Realizar la visita y redactar el acta

El técnico inspecciona el inmueble, documenta los daños y emite el resultado favorable o desfavorable.

5

Presentar la documentación

El acta puede presentarse electrónicamente o mediante los registros admitidos por el Ayuntamiento.

6

Subsanar los daños cuando sea necesario

Si el resultado es desfavorable, define el alcance técnico, tramita la licencia o título habilitante y ejecuta las obras dentro de los plazos aplicables.

Evita retrasos

Errores frecuentes de las comunidades

Esperar una notificación

La obligación existe aunque no llegue una carta individual a la comunidad.

Calcular desde la fecha de presentación

La renovación se calcula desde el año oficial de obligación, no desde el día en que se entregó la última acta.

Confundir ITE con IEE

En residencial colectivo de más de 50 años o al solicitar ayudas puede corresponder un IEE.

Ocultar zonas con daños

La falta de acceso puede impedir una valoración completa y obligar a repetir parte de la inspección.

Pedir solo un presupuesto de obra

Primero debe existir un diagnóstico técnico que distinga daños, urgencia y solución necesaria.

Dejarlo para diciembre

Si aparecen daños o hace falta acceder a viviendas, el calendario puede complicarse rápidamente.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes sobre el calendario ITE

¿Qué edificios deben pasar la ITE en Madrid durante 2026?
Deben realizar su primera inspección los edificios terminados en 1995. También deben renovarla los inmuebles cuyo año oficial de obligación anterior fue 2016, incluidos los supuestos del calendario transitorio que aparezcan en el padrón municipal.
¿Qué edificios tendrán que pasarla en 2027?
Aplicando la regla general, corresponderá la primera inspección a edificios terminados en 1996 y la renovación a los que tuvieron 2017 como año de obligación. La relación definitiva debe comprobarse en el padrón de 2027 cuando sea publicado.
¿Cuál es la fecha límite para presentar la ITE?
El plazo comprende todo el año natural y termina el 31 de diciembre del año de obligación.
¿Cada cuánto tiempo se renueva?
Las sucesivas inspecciones se realizan cada diez años desde el año oficial de obligación, independientemente de la fecha concreta de presentación o de la subsanación de una ITE desfavorable.
¿Puedo presentar la ITE antes del año que corresponde?
Puede realizarse antes, pero la presentación anticipada no modifica los ciclos de obligación fijados por la ordenanza.
¿Quién paga la inspección?
La obligación corresponde a la propiedad. En edificios sometidos a propiedad horizontal, el coste se asume por la comunidad conforme a sus cuotas y acuerdos aplicables.
¿Una ITE desfavorable obliga a desalojar el edificio?
No necesariamente. El resultado indica que existen deficiencias. Las medidas dependerán de su gravedad: reparaciones ordinarias, medidas de seguridad, obras urgentes u otras actuaciones que determinen el técnico y la administración.
¿Necesito un IEE para pedir una subvención?
Sí, cuando se soliciten ayudas públicas para obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética, el IEE debe haberse presentado antes de formalizar la solicitud.
¿Qué hago si el año de construcción municipal es incorrecto?
Debe consultarse con el Departamento de ITE del Ayuntamiento y aportar la documentación que permita acreditar la fecha correcta de terminación de las obras.

Punto Obras

¿Tu comunidad aparece en el calendario?

Nuestro equipo puede comprobar la situación del inmueble, realizar la inspección, preparar la documentación y definir las obras necesarias si el resultado es desfavorable.

También revisamos informes y proyectos ya encargados por la comunidad para evitar duplicidades y organizar el expediente correctamente.

Nota informativa: esta guía resume la normativa y la información municipal disponibles en julio de 2026. La obligación concreta debe confirmarse mediante la consulta oficial del Registro de Edificios y el padrón correspondiente. El calendario previsto para 2027 puede variar cuando se publique la relación oficial.

 

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